¿Debe una mujer predicar o enseñar en la iglesia? Un análisis a la teología paulina
Por José Agustín Arce

“Vuestras mujeres callen en las congregaciones; porque no les es permitido hablar, sino que estén sujetas, como también la ley lo dice.” I Corintios 14:34 (RV 1960)
La escritura del texto que antecede se le atribuye en el canon a Pablo, quien escribe a la comunidad cristiana o iglesia de Corinto. El texto en cuestión ha sido muy controversial ya que a primera vista parece indicar que Pablo ordena a las mujeres a permanecer calladas en la iglesia, en otras palabras, les prohíbe hablar en las congregaciones, lo que ha sido interpretado por muchos y muchas como una prohibición a que la mujer predique o enseñe en la iglesia, y mucho menos ocupe puestos de liderato sobre un hombre.
De entrada, resulta interesante el texto ya que, si fue escrito por Pablo, sería contrario a las palabras de liberación que Jesucristo había traído y promovido para las mujeres y a quien Pablo predicaba enfáticamente. Para poder descubrir si realmente Pablo está ordenando a las mujeres callar o prohibiéndoles hablar en la iglesia haremos un análisis lingüístico del texto que incluirá tanto el elemento lingüístico como el elemento histórico.
1. Elemento Lingüístico
El asunto que debemos analizar gira en torno si el texto citado constituye una amonestación en forma de mandato de Pablo hacia las mujeres recordándoles que no pueden hablar en las congregaciones ya que, según el autor, así lo establece la ley.
Para poder lograr un mejor entendimiento de las palabras de Pablo incluiremos los versículos del 33-38 que acompañan al texto bajo análisis. Veamos el texto en su idioma original griego junto con la traducción al castellano.
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